LEY GENERAL DE DISCAPACIDAD

La Ley General de Discapacidad (LGD) establece que todas las empresas públicas y privadas españolas cuya plantilla sea de 50 o más trabajadores y trabajadoras deberán tener al menos el 2% de personas con alguna discapacidad contratadas. Por ejemplo: una plantilla de 50 trabajadores y trabajadoras deberá contar con una persona con discapacidad contratada.
¿Debo cumplir la LGD?
Por supuesto que sí. Todas las empresas con más de 50 trabajadores y trabajadoras deben cumplirla. Es más, su no cumplimiento podría acarrear importantes sanciones.
Y, ¿sabes por qué deberías hacerlo? Porque promueves la inclusión social de un colectivo en riesgo de exclusión y que cuenta con una estadística de acceso al empleo muy por debajo de la media.
Formas de cumplir con la LGD:

Contratación de personal
Contratando a personas con discapacidad, como mínimo el 2% del número total de empleados y empleadas.
En Asindown te guiamos en todo el proceso de contratación y promovemos un mecanismo de inserción laboral que acompaña en este proceso a la persona contratada y a la empresa para asegurar que la inclusión es satisfactoria y que el proceso de adaptación a las nuevas tareas concluye de la mejor manera.
Medidas Alternativas y Certificado de Excepcionalidad
Si por causa justificada tu empresa no puede cumplir con la LGD a través de la contratación en plantilla, también puedes hacerlo a través de alguna de estas opciones.

CALCULADORA LGD
Calcula el número de empleados con discapacidad que debes tener en plantilla o la aportación que debes realizar para cumplir la LGD mediante cualquiera de las Medidas Alternativas.